Trabajo práctico para el Taller de Producción Radiofónica II de la UNLP.
Disfrútenlo.
Antes el derecho a la comunicación era solamente la libertad de prensa, que se aplicaba a los periodistas para que puedan publicar las noticias sin censura, pero ahora se extiende a todas y cada una de las personas. En el artículo catorce de la Constitución Nacional argentina dice que todos los habitantes de la Nación tienen derecho a “publicar sus ideas por la prensa sin censura previa”, y en el pacto de San José de Costa Rica (la convención americana sobre los derechos humanos), en el artículo trece especifica: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección”.
Ahora el derecho a la comunicación es entendido como una “necesidad fundamental para el desarrollo humano”, y entonces, además de la libertad de información, de expresión y de opinión, también tenemos el derecho de expresarnos libremente por cualquier medio existente.
Esto, que parece poco pero no lo es, significa que nadie puede ser molestado a causa de sus ideas o pensamientos y que podemos informarnos e informar, transmitir y recibir opiniones y difundirlas sin limitación de fronteras, con la excepción de aquello que haga apología a la violencia, el odio o la guerra. Los espectáculos públicos pueden ser censurados con el único objeto de regularlos para proteger la infancia y la adolescencia.
Algo más que podemos encontrar en la Constitución Nacional es que en el artículo 32 dice que el Congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta (cosa que no se cumplió durante la última dictadura militar).
Pero hay veces que seguir el derecho a la comunicación al pie de la letra puede implicar la violación de otros derechos, como por ejemplo, el derecho a la intimidad. Sucedió más de una vez que una foto, video o artículo periodístico no respetaban la privacidad de una persona determinada. Según el derecho a la comunicación, todos tenemos derecho a recibir esa información y el que quiere transmitirla también tiene derecho a hacerlo, pero el que es noticia tiene derecho a mantener su intimidad. Entonces estamos en un problema. En estos casos lo que se hace es estudiar la situación y dependiendo de cuál sea la información en cuestión se llega a una decisión final.
Es un tema complicado porque ¿hasta qué punto podemos expresarnos libremente?, y la respuesta sería que la libertad de expresión termina donde empieza la intimidad del otro.
Por otro lado, pero refiriéndonos básicamente a lo mismo, existe además el derecho a réplica, que sirve para esas veces en las que se dicen cosas malas o incorrectas (o no del todo ciertas) sobre alguien. ¿Cuántas veces nos pasó que alguien habló mal de uno? Entonces nos defendemos y decimos “no, eso no es verdad”, pero ¿qué pasa si lo están diciendo en un medio público? Ahí es cuando hacemos uso del derecho de rectificación (o a réplica).
Comienza su vigencia a través del artículo 14 del pacto de San José de Costa Rica. Se relaciona con el derecho a la comunicación ya que nos da la posibilidad de rectificar lo dicho a través del mismo medio por el que fue publicado. Es decir que si alguien dice algo malo o inexacto acerca de alguien en, por ejemplo, una radio, ese alguien tiene el derecho de que se explique (o explicarlo él mismo) por esa misma radio que lo que se dijo no es cierto. Sin embargo, en el mismo artículo se aclara que “en ningún caso la rectificación o la respuesta eximirán de las otras responsabilidades legales en que se hubiese incurrido”.
Este derecho tan útil nació porque el publicar información inexacta que perjudique a una persona es un delito al honor, como son las calumnias (falsa acusación de un delito) e injurias (desacreditar o insultar a alguien). Porque según el artículo once del pacto de San José de Costa Rica, “toda persona tiene derecho al respeto de su honra y al reconocimiento de su dignidad”, y “tiene derecho a la protección de la Ley contra esas ingerencias o esos ataques”.
Dentro de este tema de proteger a las personas, existe además el derecho que tiene todo periodista a no revelar sus fuentes, el secreto profesional. Esto también incluye a comunicadores sociales y cualquier persona que colabore en un medio.
La comunicación es fundamental para la vida social, y es la base de las organizaciones. No es sólo proporcionar información, porque eso sería pensarla como el modelo de “emisor-mensaje-receptor” y nada más. Es mucho más compleja, porque cada uno interpreta los mensajes de diferentes formas según las experiencias y creencias que tengamos.
Además la comunicación es un acto natural del ser humano. Incluso aunque no tengamos la intención de comunicar. Según la escuela de Palo Alto todo comunica, y es cierto porque hasta los silencios transmiten un mensaje. Las actitudes, los modos de hablar, las posiciones del cuerpo.
A través de la comunicación aprendemos absolutamente todo lo que sabemos desde que nacimos, incluso cuando todavía no sabemos hablar. Es algo natural del hombre, e imprescindible. Es esencial para el desarrollo de los individuos y de las comunidades. Se intercambian ideas, se construyen identidades, se forman culturas. Además, también según el pacto, tenemos el derecho a asociarnos con otras personas que compartan nuestros gustos o pensamientos.
Por eso es importante aclarar que la comunicación, tan cotidiana como se presenta, no es sólo de los periodistas o comunicadores, sino de todos por igual, y es la base de la democracia. Además el derecho a la comunicación es el que permite el desarrollo de todos los demás derechos y de exigirlos.
La idea en realidad es que todos puedan tener las mismas posibilidades de acceso a los medios y a la información para poder ejercer este derecho. Básicamente, que todos estemos en igualdad de condiciones en lugar de que sólo sean unos pocos quienes puedan publicar ideas.
Igualmente hoy en día es mucho más fácil que la gente “común y corriente” publique sus producciones. Desde los blogs hasta YouTube, las páginas web personales y los diarios digitales que incluyen encuestas y libro de visitas para que los lectores dejen sus comentarios.
Sin embargo no toda la gente del mundo tiene las mismas posibilidades de acceso. Si bien ahora es muchísimo más accesible, hay diferencias que se notan a simple vista. Por ejemplo, en Estados Unidos hay el doble de usuarios de Internet que en el resto del continente americano, y es ocho veces superior al total de habitantes de África que acceden a la red (y son más de cincuenta países). Además, en sólo Nueva York, existen más conexiones a Internet que en todo el continente africano.
De todas formas esto, como todas las libertades, también tiene un lado malo: no hay demasiado control sobre lo que se publica en Internet, por lo que podemos encontrar páginas que deberían, según las especificaciones del derecho a la comunicación, ser censuradas, como por ejemplo aquellas a favor de la violencia, la guerra y el odio. También se pueden encontrar blogs sobre temas extremadamente delicados como son los desórdenes alimenticios, con chicas que están enfermas y escriben, se dan “consejos” entre ellas y fomentan la anorexia.
Sin embargo esto no sólo pasa en Internet. Uno podría pensar que como cualquiera puede subir sus opiniones a la red, los contenidos negativos se deben a eso. Pero existen videojuegos y series de televisión muy violentos que tienen los mismos efectos. Un juego muy famoso en Estados Unidos es el “Bully”, que fue prohibido en ese país por fomentar la violencia escolar.
Pero dicen que va a haber un control social para evitar que “se difundan, por cualquier medio, productos que atenten contra la dignidad, la libertad y los derechos humanos”. Entonces, mientras esto se cumpla y no se haga abuso de la libertad de expresión, es un derecho básico que no se puede dejar de lado. Hay que mantener el equilibrio.
Algo importante es que se garantizaría que toda esta información estaría disponible para las personas con discapacidades auditivas y visuales, porque son pocos los medios que se ocupan de eso. Además reflejaría la diversidad cultural, regional e ideológica, sería una comunicación “libre de exclusión y discriminación por edad, género, orientación sexual, diferencias sociales, políticas, culturales, religiosas o condición física o mental”. Y se preocuparía por “la difusión de productos comunicacionales diseñados para satisfacer las necesidades de los menores de edad, y propiciar su desarrollo físico, mental y emocional sano”.
Cuando la gente pueda expresarse a través de cualquier medio existente pudiendo decir lo que quiera, y con posibilidades de acceder a la misma información que los demás, todas las culturas van a poder contarle al mundo (o al país, al menos) la forma en la que viven y su forma de pensar, y eso a la vez haría que los que no los conocían puedan acceder a su vez a esa información que ellos están proporcionando.
Es decir que cuando todos estemos en las mismas condiciones, igualados por el derecho a la comunicación, va a haber muchísimo más para investigar, más datos, más versiones y formas de la vida. Entonces se formaría un círculo, o una red, de comunicación.
Cualquier cosa que quieras opinar al respecto, comunicate dejando un comentario. =)
Sayonara!
Nuri-san
Video egresados 2009
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Los chicos de este curso me pasaron fotos y videos de todo su último año en
el cole. Con eso armé esto:
Hace 14 años.
2 comentarios:
Buen escrito.
La mayoría de nuestros miedos y nuestras preocupaciones como sociedad moderna están conformados según la agenda establecida por los grandes grupos económicos a través de sus conglomerados de medios de comunicación y difusión.
Para intentar garantizar el acceso y el derecho a la información debemos apoyar, desde una perspectiva crítica y analitica, la nueva ley de medios audiovisuales.
Besos!
PD: Seguí escribiendo!
Hola! muy bueno lo tuyo. Aunque creo le falto algo: mencionar y profundizar acerca de las responsabilidades ulteriores. Ja ja!!! con eso ya tienen para el parcial de derecho!!!!
Saludos Nuri san.
ROLO
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